¿Cómo se reparte la herencia en Miami y en el resto de Florida?

 

Quieres saber  ¿Cómo se reparte la herencia en Miami y en el resto de Florida?

¿Para quién será la herencia si no hay testamento en Miami y en el resto de Florida?

¿Cuál es la herencia que me corresponde como hijo, esposa o esposo, padre, hermano, en Miami y en el resto de Florida?

Sigue leyendo que aquí te lo digo todo sobre el reparto de la herencia en Miami y en el resto de Florida.

1.- en Florida, en el caso que solo existe el cónyuge sobreviviente, y no hay otros descendientes, es decir hijos o nietos, la herencia será toda para el cónyuge viudo o viuda.

Ejemplo, en Miami, muere Juan, y deja viuda a María, y no tiene hijos ni nietos ni ningún otro descendiente, pues nunca tuvieron hijos, la herencia es toda para María.

2.- en el caso que hay un cónyuge sobreviviente y descendientes del fallecido que también son hijos del cónyuge sobreviviente, y no existen otros descendientes que sean solo del sobreviviente, la herencia también es toda para el cónyuge sobreviviente.

 

 

 

Ejemplo: Muere Pedro,  y deja viuda a Juana,  además tuvieron tres hijos en común, pero Juana no tiene  otros hijos que sean solo de ella, entonces en este caso toda la herencia también es para Juana.

3.- en el caso que hay un cónyuge sobreviviente y también descendientes de ambos, pero el cónyuge sobreviviente tiene descendientes vivos adicionales  que no son del fallecido, entonces la herencia será la mitad para el cónyuge sobreviviente la otra mitad se reparten los demás descendientes del difunto.

 

 

Ejemplo: muere Francisco, y deja viuda a Carolina, además ambos tienen dos hijos en común, pero Carolina además tiene un hijo que no es de Francisco, en este caso la herencia se reparte mitad para Carolina y la otra mitad para sus dos hijos que tuvo con Francisco.

4.- en el caso que no hay cónyuge sobreviviente, pero si descendientes del fallecido, entonces la herencia será para los descendientes en partes iguales, según su cercanía con el difunto.

Ejemplo: muere Carlos,  y solo tiene dos hijos, pero no tiene viuda, entonces la herencia se reparte entre sus dos hijos en partes iguales.

5.- En el caso que no hay cónyuge sobreviviente ni descendientes, la herencia será para los padres del fallecido.

 

Ejemplo: Muere Tito, y no tuvo esposa ni hijos, pero si tiene padre, entonces la herencia será para su padre.

6.- En el caso que no hay cónyuge, descendientes, ni padres, entonces la herencia será para los hermanos del difunto.

Ejemplo: muere Samuel, no tiene esposa, no tiene hijos, y no tiene padre ni madre, pero si tiene hermanos, entonces la herencia se reparten entre sus hermanos.

7.- En el caso que no hay cónyuge, descendientes, padres, ni hermanos, entonces según Las leyes sucesorias de Florida la herencia será para otros herederos más lejanos.

Las disposiciones anteriormente indicadas están sujetas a ciertas excepciones respecto al patrimonio familiar, la propiedad personal exenta y a un subsidio por ley al cónyuge sobreviviente y a cualquier descendiente o ascendientes a los que el causante brindaba apoyo económico. Los bienes sujetos a estas excepciones serán distribuidos de una manera diferente a la descrita en las leyes sucesorias. Por ejemplo, en lo que respecta al patrimonio familiar, si figura sólo a nombre del causante, el cónyuge sobreviviente recibe dominio vitalicio de éste y los descendientes del cónyuge causante reciben la propiedad al fallecer el cónyuge sobreviviente. Sin embargo, el cónyuge sobreviviente tiene el derecho a decidir, dentro de seis meses de la muerte del causante, si desea recibir una mitad indivisible del interés en el patrimonio familiar en lugar del dominio vitalicio sobre éste, si se siguen a tiempo ciertos procedimientos. El derecho al patrimonio familiar del cónyuge sobreviviente no toma en cuenta si este tiene o no descendientes vivos que no lo son del causante.

 

¿Cuánto demora el trámite de sucesión intestada en Miami y en el resto de Florida?

Por lo general puede tomar de tres a seis meses todo el proceso de reparto de la herencia en Florida.

 

¿DÓNDE SE realiza el trámite sucesorio en Miami y en el resto de Florida?

En el secretario del tribunal de circuito del condado donde vivía el difunto al momento de su muerte.

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