Donde demandar el divorcio según la ley de Pensilvania.
¿Cuál es el requisito de
residencia para demandar el divorcio en Pensilvania?
El requisito de
residencia es que cualquiera de los cónyuges resida o hubiera residido en Pensilvania
más de seis meses.
¿Es posible demandar el
divorcio si el matrimonio se realizó fuera de Pensilvania?
La ley de Pensilvania si
permite demandar el divorcio en los casos en el que el matrimonio se realizó
fuera de Pensilvania.
¿Es posible demandar el
divorcio si los hechos en los que se basa el divorcio sucedieron fuera de
Pensilvania?
La ley si permite
demandar el divorcio en los casos que los hechos en los que se basa el divorcio
ocurrieron fuera de Pensilvania.
¿Es posible demandar el
divorcio en Pensilvania si los cónyuges estuvieron residiendo fuera de
Pensilvania cuando sucedieron los hechos en el que se basa el divorcio?
La ley si permite demandar
el divorcio en los casos que los cónyuges estuvieron residiendo fuera de
Pensilvania cuando sucedieron los hechos en los que se basa el divorcio.
¿En qué condado se debe demandar
el divorcio según la ley de Pensilvania?
Las reglas para
establecer cuál es el condado donde se debe demandar el divorcio según la ley
de Pensilvania son las siguientes:
(1) en el condado donde reside el demandado;
(2) si el demandado reside fuera de este Estado, en el condado donde
reside el demandante;
(3) en el condado donde fue el domicilio matrimonial, si el
demandante ha residido continuamente en el condado;
(4) antes de seis meses después de la fecha de separación
definitiva y con el acuerdo del demandado, donde reside el demandante o, si
ninguna de las partes continúa residiendo en el condado de domicilio
matrimonial, donde reside cualquiera de las partes; o
(5) después de seis meses después de la fecha de separación
definitiva, donde cualquiera de las partes resida.
§ 3104
(b) Residencia y
domicilio de las partes .-- Ningún cónyuge tiene derecho a iniciar una acción
de divorcio o anulación conforme a esta parte a menos que al menos una de las
partes haya sido residente de buena fe en este Estado Libre Asociado durante al
menos seis meses inmediatamente antes del comienzo de la acción. Ambas partes
serán testigos competentes para probar su respectiva residencia, y la prueba de
residencia real dentro de este Estado Libre Asociado por seis meses creará una
presunción de domicilio dentro de este Estado Libre Asociado.
(c) Poderes de la corte.- La corte tiene autoridad para
considerar una acción bajo esta parte a pesar del hecho de que el matrimonio de
las partes y la causa del divorcio ocurrieron fuera de este Estado Libre
Asociado y que ambas partes estaban en el momento del suceso. Domiciliada fuera
de este Estado Libre Asociado. El tribunal también tiene el poder de anular los
matrimonios nulos o anulables celebrados fuera de este Estado Libre Asociado en
un momento en que ninguna de las partes estaba domiciliada dentro de este
Estado Libre Asociado.
(d) Fuero extranjero.- Después de la disolución o anulación de
un matrimonio en un foro extranjero donde un asunto bajo el inciso (a) no ha
sido decidido, un tribunal de este Estado Libre Asociado tendrá jurisdicción
para determinar un asunto bajo el inciso (a). En la mayor medida permitida por
la Constitución de los Estados Unidos.
(e) Lugar.- Se puede entablar un procedimiento de divorcio o
anulación en el condado:
(1) donde reside el acusado;
(2) si el demandado reside fuera de este Estado Libre Asociado,
donde reside el demandante;
(3) de domicilio matrimonial, si el demandante ha residido
continuamente en el condado;
(4) antes de seis meses después de la fecha de separación
definitiva y con el acuerdo del demandado, donde reside el demandante o, si
ninguna de las partes continúa residiendo en el condado de domicilio
matrimonial, donde reside cualquiera de las partes; o
(5) después de seis meses después de la fecha de separación
definitiva, donde cualquiera de las partes resida.
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