Requisitos para el matrimonio en ARIZONA

 

Requisitos para el matrimonio en ARIZONA.

Si estás pensando casarte en Arizona, y quieres saber los requisitos para el matrimonio en Arizona, Sigue leyendo que aquí te cuento todo sobre los requisitos del matrimonio en Arizona, quienes cumplen los requisitos para casarse, cuánto cuesta casarse en Arizona.

¿Puedes casarte con tu familia en Arizona?

¿Puede casarse sin una licencia de matrimonio en Arizona?

¿Tiene que ser residente para casarse en Arizona?

¿Qué se requiere para casarse en Arizona?

Para casarse en Arizona se requiere que Los novios, cumplan los requisitos para el matrimonio.

 

¿Puede casarse sin una licencia de matrimonio en Arizona?

 

No, no es posible  casarse sin una licencia de matrimonio en Arizona.

Para poder casarte en Arizona es requisito obtener una licencia de matrimonio, esta licencia se obtiene en el secretario del tribunal superior del condado.  El matrimonio será válido siempre que se realice la ceremonia antes de la expiración de la licencia de matrimonio. Ariz. Rev. Stat. § 25-111

Las personas que deseen casarse deberán solicitar una licencia al secretario del tribunal superior y completarán y firmarán bajo juramento una declaración jurada proporcionada por el secretario que indique el nombre, la edad y la dirección residencial de cada solicitante. La declaración jurada incluirá una declaración de los solicitantes de que entienden que la información sobre enfermedades de transmisión sexual está disponible en el departamento de salud del condado a pedido y que estas enfermedades pueden transmitirse a sus hijos por nacer. Los solicitantes deberán proporcionar sus números de seguro social al secretario por separado de la declaración jurada. La declaración jurada será archivada por el secretario quien luego emitirá a los solicitantes una licencia dirigida a las personas autorizadas por ley para solemnizar el matrimonio y cobrará la tarifa prescrita.

La licencia en Arizona también se puede obtener en línea. Luego de aplicar la solicitud de licencia en línea, usted recibirá un correo con una declaración jurada que deberá enviar. Luego, recibirá una llamada y se le pedirá el pago de la licencia. Posteriormente, en cinco días hábiles se enviará la licencia a la dirección que usted indicó.

Para más información puede contactar en:

cocmlp@cosc.maricopa.gov  o 602-372-5375, Opción 5 si tiene alguna pregunta.

Tarifa

La tarifa de una licencia de matrimonio en Arizona es de $ 83.00 pagadera en efectivo o giro postal, tarjeta de débito o tarjeta de crédito.

 

Si está comprando una licencia en los Tribunales de Justicia, solo se aceptan giros postales. Después de que se haya devuelto y registrado la parte inferior de la licencia, se puede solicitar una copia certificada y enviarla por correo por $ 37.50 adicionales pagaderos en el momento en que solicita la licencia o en cualquier momento posterior, o $ 30.50 si proporciona un tamaño comercial. , sobre sellado con su dirección en el momento de su solicitud.

Una licencia de matrimonio es válida por doce meses a partir de la fecha de emisión y se puede usar en cualquier parte del estado de Arizona. No se requiere residencia, análisis de sangre ni período de espera.

 Sobre el libre consentimiento. El libre consentimiento de los novios es el principal requisito para el matrimonio en Arizona.

·         Sobre el requisito de edad. para casarse en Arizona el requisito de edad es que los novios deberán ser mayores de 18 años de edad. Ariz. Rev. Stat. § 25-102

·          

. Una persona que tenga al menos dieciséis años de edad y que sea menor de dieciocho años puede casarse en Arizona solo si se cumple una de las siguientes condiciones:

·         1. La persona ha recibido una orden de emancipación de conformidad con el título 12, capítulo 15 o de un tribunal en otro estado y el posible cónyuge de la persona no es más de tres años mayor que la persona.

·         2. El padre o tutor que tiene la custodia de la persona da su consentimiento para el matrimonio y el futuro cónyuge de la persona no es más de tres años mayor que la persona.

·         B. Las personas menores de dieciséis años no contraerán matrimonio.

·         Sobre El requisito de residencia.  ¿Tiene que ser residente para casarse en Arizona? No, no es necesario ser residente de Arizona para contraer matrimonio. Puede obtener una licencia en cualquier condado de Arizona y usarla para casarse en cualquier parte del estado. No es necesario obtener una licencia ni del condado en el que reside ni del condado en el que se va a casar.

·         Sobre el requisito de identificación.  Para casarse en Arizona es necesaria una identificación con foto.

·         licencia de conducir vigente;

·         tarjeta de identificación estatal o militar;

·         pasaporte vigente;

·         u otra identificación con foto emitida por el gobierno

·         Sobre el requisito de análisis de sangre. en Arizona no es necesario un análisis de sangre para casarse.

·         Sobre el requisito de parentesco.  ¿Puedes casarte con tu familia en Arizona? No, no es posible casarse con la familia en Arizona. Ariz. Rev. Stat. § 25-101

·         en Arizona El matrimonio entre padres e hijos, incluidos abuelos y nietos de todos los grados, entre hermanos y hermanas de la mitad y de la sangre total, y entre tíos y sobrinas, tías y sobrinos y entre primos hermanos, está prohibido y es nulo.

. No obstante los primos hermanos pueden casarse si ambos tienen sesenta y cinco años de edad o más o si uno o ambos primos hermanos tienen menos de sesenta y cinco años de edad, con la aprobación de cualquier juez de la corte superior del estado si se ha demostrado que Se ha presentado al juez que uno de los primos no puede reproducirse.

El matrimonio entre personas del mismo sexo es nulo y está prohibido.

·         Sobre el requisito de presencia de ambos novios.   Ambas partes deben presentarse en persona con una forma válida de identificación emitida por el gobierno. En los condados donde se puede obtener una licencia por internet no es necesario comparecer en persona.

·          

·         Sobre el requisito de tener testigos para el matrimonio. En Arizona es requisito tener dos testigos para el matrimonio, los testigos deberán ser mayores de 18 años de edad.

·         Sobre la ceremonia.   ¿Quiénes están autorizados a celebrar la ceremonia de matrimonio en Arizona? En Arizona están autorizados a celebrar matrimonios los siguientes:

Ariz. Rev. Stat. § 25-124

1. Clérigos debidamente licenciados u ordenados.

2. Jueces de tribunales de antecedentes.

3. Jueces de tribunales municipales.

4. Jueces de paz.

5. Jueces de la corte suprema de Estados Unidos.

6. Jueces de tribunales de apelaciones, tribunales de distrito y tribunales creados por una ley del Congreso si los jueces tienen derecho a ocupar sus cargos durante el buen comportamiento.

7. Jueces de tribunales de quiebras y tribunales fiscales.

8. Magistrados de los Estados Unidos.

9. Jueces de la corte de apelaciones militares de Arizona.

B. Para los propósitos de esta sección, "clérigos con licencia u ordenados" incluye ministros, ancianos u otras personas que por las costumbres, reglas y regulaciones de una sociedad o secta religiosa están autorizados o permitidos para solemnizar matrimonios u oficiar en ceremonias matrimoniales.

La licencia debe ser devuelta al secretario antes de los 30 días contados desde celebrada la ceremonia.

Centro de servicio al cliente del centro - 601 W. Jackson St., Phoenix, AZ 85003

Tribunal Regional Noreste - 18380 N. 40th St., Phoenix, AZ 85032

Tribunal Regional Noroeste - 14264 W. Tierra Buena Ln., Surprise, AZ 85374

Centro de tribunales regionales del sureste - 222 E Javelina, Mesa, AZ 85210

 

 

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100 Quality Hill Road

Bisbee , AZ 85603

 

 

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Teléfono: 520-432-8600

Fax: 520-432-4850

 

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100 Colonia de Salud

Suite 200

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lunes a viernes de

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